Registro de Marcas en Panamá

Ratio: 0 / 5

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 

La protección de las marcas son territoriales. Por tanto, es conveniente registrarlas en los países en los cuales su negocio o productos tienen o podrán tener presencia. Además, una marca registrada da el uso exclusivo de ese nombre, permitiendo a su dueño:

  • Crear un "Valor de Marca" (Goodwill), un activo intangible para la compañía.
  • Otorgar licencias, franquicias y obtener regalías.
  • Diferenciarse de la competencia.
  • Protegerse frente a terceros que estén usando un nombre igual o similar, ejerciendo las acciones legales que correspondan.
  • Proteger el nombre de Dominio en Internet.
  • Impedir que otros intenten registrar o plagiar una marca similar a la suya.
  • Tener prioridad frente a terceros que quieran registrar su marca, en países en los cuales usted no la tiene registrada.

Requisitos para el Registro de Marcas en Panamá

Las marcas puedes ser solicitadas por una o más personas jurídicas o naturales para los cuales se exige entre otros requisitos:

  • Nombre completo del solicitante.
  • Denominación de la marca o dibujo (Etiquetas).
  • Domicilio del solicitante.
  • Productos o servicios a distinguir.
  • Poder firmado y notariado.
  • Certificado de Registro Público (P. Jurídica) ó Copia de Cédula , pasaporte (P. Natural).

Pasos para el Registro de Marcas en Panamá

El Registro de Marcas es realizado por abogados residentes en el país en el cual usted desea proteger la identidad de su producto. Para registrar una marca debe seguir los siguientes pasos:

  1. 1. Verificación de disponibilidad y factibilidad: Permite evaluar las posibilidades de autorización del registro de su Marca y la verificación en las oficinas públicas de marcas, por si existe alguna igual o parecida registrada con anterioridad.
  2. 2. Solicitud de Registro: Presentación de la Solicitud de Registro ante la Oficina de Marcas.
  3. 3. Trámite en las Oficinas de Marca: Esta realiza un estudio de forma y de fondo de la solicitud. Si la solicitud está en orden y completa se ordena la publicación de la solicitud en el boletín de la DIGERPI para que los terceros que crean que el registro afecta sus derechos se puedan oponer.
  4. 4. Título de Propiedad del Registro: En caso de que no se presenten oposiciones, la DIGERPI procede a expedir el título correspondiente. En caso de presentarse oposiciones, se da curso al proceso de oposición al registro de marca que se tramita ante los tribunales de la jurisdicción de comercio.

¿Qué elementos puedes constituir un marca?

Una marca es un signo distintivo que indica que ciertos bienes o servicios han sido producidos o proporcionados por una persona o empresa determinada. Su origen se remonta a la antigüedad, cuando los artesanos reproducían sus firmas o "marcas" en sus productos utilitarios o artísticos. A lo largo de los años, estas marcas han evolucionado hasta configurar el actual sistema de registro y protección de marcas. El sistema ayuda a los consumidores a identificar y comprar un producto o servicio que, por su carácter y calidad, indicados por su marca única, se adecua a sus necesidades.

De tal forma una marca puede ser constituida por:

  • Las palabras o combinación de palabras, incluidas las que sirven para identificar personas.
  • Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos.
  • Las letras, las cifras y sus combinaciones, cuando estén constituidas por elementos distintivos.
  • Las formas tridimensionales, incluidos los envoltorios, envases, la forma del producto o su presentación y hologramas.
  • Colores en sus distintas combinaciones.
  • Cualquier combinación de elementos que, con carácter enunciativo, se mencionan en los numerales anteriores.